Pontaje
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Los puentes han servido siempre como lugar ideal para el cobro de derechos de tránsito, un impuesto especial denominado pontaje que debe ser pagado por los seres vivos (hombres, animales de carga y ganado) de paso por el puente.
Los pontajes, característicos sobre todo de la Edad Media, debían ser generalmente autorizados por el Rey o, en su caso, por el señor de la localidad donde se encontrase el puente, si bien a menudo eran los propios habitantes de la localidad, a través de los concejos, los que proponían el establecimiento del gravamen, dado que las rentas de ese sobrepago se destinaban a la conservación de la obra, de la que eran los principales beneficiarios.
Los privilegios de pontaje establecían unas tarifas fijas para los distintos tipos de usuarios del puente y delimitaban un periodo de cobro de varios años, plazo que con frecuencia debía prorrogarse porque no se había recaudado suficiente dinero.
Los poderes eclesiásticos locales estimulaban también las donaciones a los puentes, a modo de limosnas destinadas a una obra de caridad.

