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Pareja de hecho

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Una pareja de hecho es la unión de dos personas, con independencia de su opción sexual, a fin de convivir de forma estable, en una relación de afectividad análoga a la conyugal.

Dada la vinculación afectiva y de convivencia entre los componentes de las parejas de hecho, que en ocasiones conlleva una dependencia económica análoga a la de un matrimonio, algunos ordenamientos jurídicos se han visto en la necesidad de regularlas para evitar el desamparo de alguno de los componentes de la pareja en ciertas situaciones como muerte del otro, enfermedad, etc.

Tabla de contenidos

[editar] Impedimentos

  • Individuos sometidos a Patria potestad.
  • Existencia de ligamen matrimonial.
  • Parientes en línea recta.
  • Parientes en línea colateral hasta el segundo grado.
  • Existencia de otra pareja estable.


[editar] Inscripción de uniones de hecho

Existen en España unos 100 registros de parejas de hecho de ámbito municipal en la actualidad <ref>[1]</ref>

[editar] Requisitos para la inscripción de la unión de hecho en Madrid

Pueden inscribirse voluntariamente las uniones no matrimoniales de convivencia estable entre parejas, incluso del mismo sexo. Los requisitos son los siguientes:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado
  • No estar incapacitado judicialmente
  • No tener relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta con el otro miembro de la unión
  • No tener relación de parentesco colateral por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado
  • No pueden constituir unión de hecho las personas que forman una unión estable y registrada con otra persona
  • Los miembros de la unión de hecho deberán ser solteros, viudos, divorciados, haber obtenido la nulidad matrimonial o estar separados judicialmente
  • Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado y ser residente en la Comunidad de Madrid

Documentación que debe presentarse para la inscripción

La solicitud de inscripción deberá estar acompañada de original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

  • D.N.I. o tarjeta de residencia de los solicitantes y testigos
  • Certificado del estado civil de los miembros que vayan a constituir la unión
  • Certificado del padrón municipal
  • Si la unión ya estuviese registrada en otra Comunidad Autónoma, certificación del Registro correspondiente de la cancelación de dicha inscripción
  • Declaración de no tener relación de parentesco
  • Declaración de no estar incapacitados para emitir el consentimiento
  • Declaración de no formar unión estable con otra persona
  • Es posible inscribir complementariamente los pactos reguladores de las relaciones económicas entre los miembros de la unión de hecho que regulen sus relaciones personales y económicas. En ellos se pueden incluir acuerdos indemnizatorios para el caso de cese de la convivencia. La inscripción de estos pactos deberá estar acompañada de la escritura pública original en la que se hayan realizado.

[editar] Referencias

<references/>

en:Domestic_partnership
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