Estatuto de autonomía de Galicia
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El Estatuto de autonomía de Galicia (sencillamente Estatuto de Galicia), es la norma institucional básica de la comunidad autónoma española de Galicia. En el ámbito de la Constitución española de 1978, el Estatuto de Galicia, reconoce a esta comunidad autónoma su condición de nacionalidad histórica. Afirma que los poderes de la comunidad autónoma se basan en el Estatuto, la Constitución y el pueblo gallego. Establece un marco democrático de solidaridad entre todos los integrantes del pueblo gallego. Aparte del actual (anteproyecto de 1978, aprobado en 1981), durante la Segunda República Española se aprobó un Proyecto de Estatuto de Autonomía, que no llegó a entrar en vigor debido al estallido de la Guerra Civil.
[editar] Estatuto de 1981
En el anteproyecto de estatuto de 1978 se recogen entre otras cosas:
- El reconocimiento del gallego como lengua propia de Galicia (y la cooficialidad con el castellano).
- Los símbolos propios de Galicia: bandera, escudo...
- El reconocimiento en la división y organización administrativa del territorio de comarcas y parroquias rurales.
- El reconocimiento de las comunidades gallegas en el extranjero.
- Hacienda y patrimonio propios.
- Diversas competencias de acuerdo a Constitución y a las leyes de solidaridad entre las comunidades que conforman España.
El 6 de abril de 1981, el estatuto fue firmado por el rey Juan Carlos I, y por el presidente del gobierno Leopoldo Calvo-Sotelo, en el Palacio Real de Madrid.
[editar] Véase también
[editar] Enlaces externos
- Texto íntegro en castellano del Estatuto de autonomía de Galicia de 1981 en xunta.esen:Galician Statute of Autonomy of 1981
gl:Estatuto de Autonomía de Galicia de 1981 pt:Estatuto de Autonomia de Galiza

