Cortes de Cádiz
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Se conoce como Cortes de Cádiz a la Asamblea constituyente celebrada en la ciudad española de Cádiz (Andalucía) desde 1810 a 1814 durante la Guerra de la Independencia de España.
También llamadas Doceañistas
Durante la Guerra de la Independencia (1808-1814) las revueltas populares desembocan en la creación de Juntas Locales y Regionales de Defensa. Estas Juntas tienen como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder (ya que no reconocían la figura de José I). Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, todos ellos conservadores. En septiembre otorgan la dirección suprema a la Junta Suprema Central.
Durante la profunda crisis creada por la guerra, la Junta Suprema Central ordenó la celebración de las cortes que, por el desarrollo de la guerra, hubieron de reunirse primero en San Fernando, entonces Isla de León, y después en Cádiz, lejos del frente de batalla. Por aquellos momentos estas dos ciudades eran las únicas del Estado Español no ocupadas por las tropas napoleónicas.
Participaron en las reuniones representantes de las provincias españolas y también de los territorios americanos y de Filipinas. Existían tres grandes tendencias entre los delegados: los absolutistas, que defendían el regreso de la monarquía y del reinado absoluto de la Casa de Borbón, los jovellanistas, ilustrados y defensores de las reformas, pero no del carácter revolucionario de éstas, y los liberales, que defendían la adopción de reformas inspiradas en los principios de la Revolución francesa.
La tarea de las Cortes de Cádiz fue crear un cuerpo legislativo (leyes) de carácter liberal sobre el que crear un nuevo orden social que acabara con la sociedad estamental que había caracterizado a España hasta ese momento. El producto de esta labor fue la Constitución de 1812, llamada «La Pepa» pues se promulgó en la festividad de San José. Esta constitución fue el primer texto constitucional con el que contó España.
En las Cortes de Cádiz estaban representados los tres estamentos. Los liberales, los conservadores y los burgueses que sustituyeron a algunos representantes conservadores al no poder acceder a Cádiz por la ocupación francesa.
Las Cortes crearon un nuevo sistema político basado en el principio de la soberanía nacional, con la monarquía como forma de gobierno, pero con división de poderes. Tanto el Rey como las Cortes poseían la facultad para crear leyes de forma conjunta. Además, se reconocían derechos como la libertad de imprenta, la igualdad jurídica, la inviolabilidad del domicilio, etc.
Sin embargo, estos adelantos fueron suspendidos por el Decreto de 4 de mayo de 1814 del rey Fernando VII, que declaró nula la Constitución de 1812 y todas las decisiones de las Cortes de Cádiz.
[editar] Las cortes doceañistas, una constitución para América consecuencias de su abolición
Las cortes doceañistas fueron convocadas el 28 de octubre de 1809 por la Suprema Junta Gubernativa del Reino que a la sazón funcionaba en Sevilla. Constituida la asamblea de las Cortes, primero en la isla de León, un poco después en Cádiz, los representantes proclamaron el principio de la soberanía nacional dando principio a la labor legislativa que transformaría a España y sus colonias. De manera novedosa, las Cortes de Cádiz se integraron con diputados de la metrópoli y sus colonias. El total de representantes fue de 303,(alguno de pueblos como "molina") de los cuales, 37 eran americanos (7 del Virreinato de México, 2 de la Capitanía General de Guatemala, 1 de la Isla de Santo Domingo, 2 por Cuba, 1 por Puerto Rico, 2 de Filipinas, 5 de Virreinato de Lima, 2 de la Capitanía General de Chile, 3 por el Virreinato de Buenos Aires, 3 por Santa Fé, y “Vicente Rocafuerte”; amigo de Simón Bolivar en Francia durante la coronación de Napoleon” 2 por la Capitanía General de Caracas). Del total de 37 diputados presidentes, 10 de ellos fueron americanos. La Comisión nombrada para hacer el proyecto de constitución se conformó con 9 peninsulares y 5 americanos, fue presidida por don Diego Muñoz Torrero. Los diputados americanos enaltecidos por la deferencia y buen trato de las Cortes gaditanas, correspondieron dignamente a los honores con que fueron obsequiados y esto se relaciona admirablemente con toda la labor de la representación americana que tomó parte activa en todas las deliberaciones del la Cámara, brillando por su ilustración, su competencia y su actividad.
Fuente. Constitución de Cadiz de 1812 Edit. Tlahui, Colección Memoria de la libertad.
Parrafo II. "Los diputados americanos en las cortes de Cádiz y Madrid (24 de septiembre de 1810-10 de mayo de 1814), formaban un grupo heterogéneo en cuanto a su forma de elección y al mismo tiempo bastante unido ante los grandes problemas planteados, cuando éstos se refería a las provincias americanas de España. Representaban la sociedad (...) de la que procedian, con sus afanes renovadores, y también con sus inquietudes ante una independencia política inmediata (las provincias disidentes no eligieron diputados).
(18 Avo. Parrafo) "De los 86 diputados americanos que estuvieron en las cortes, 25 eran ecleasiásticos y 22 eran abogados o magistrados."; (...) no es facil determinar las fortunas personales de los diputados. Algunos eran Ricos, sobre todos los cubanos que vivían en Cádiz acompañados de sus esclavos y criados. Las riquezas personales de los demás podrían ser muy variables; losdiputados de Lima, o el de Guayaquil, Vicente Robledo eran muy ricos. Los de las regiones andinas en cambio, tenian bienes muy modestos.
(22 Avo Parrafo). Las condiciones locales generales y una cierta influencia de los gobernantes
habían determinando un grupo, de representación territorial desigual, orientado hacia el fidelismo más acentuado. La voz de la América patriota se oyó poco en Cádiz. Para los diputados, la independencia política era una alternativa posible si la metrópoli no satisfacía sus reivindicaciones, pero no una meta que se justificara en sí."
(Parrafo Final) Los diputados reflejaron el fidelismo a España persistente, aunque reformador, de la sociedad ultramarina.La reforma que defendieron para la América española era una solución alternativa a la independencia absoluta; intentaron conseguir la <<descolonización>> de Ámerica dentro de la unidad hispánica, solución que habría permitido a los americanos alcanzar sus metas concretas sin los <<riesgos>> de una revolución política.
En la américa española estas fueron las primeras convocatorías a elecciones de su historía.
Los Diputados americanos en las cortes de Cádiz: Elecciones y representatividad Marie-Laure Riue-Millan (Centre de Recherches CIAEC, Université de París) III
En 1814, luego de la expulsión de los franceses de territorio español, Fernando VII retornó al poder en España y dio inicio a una reacción conservadora y absolutista que enterró la Constitución liberal y por consecuente el trabajo de la Corte de Cádiz y de las Juntas de Gobierno. Así, los anhelos de igualdad y autonomía deseados por la mayoría de los virreinatos americanos se truncaron. A partir de ese momento los procesos independentistas se iniciaron al menos en cuanto a programas y conspiraciones, sobre todo en el virreinato del Río de la Plata y en el de Nueva Granada. Por ejemplo si bien Lima recibió con alivio la noticia de la restauración imperial y permaneció alerta a los movimientos del continente, el interior del Perú hizo sentir su descontento y desafió al poder limeño. (Lima, Cuzco y el Chuquisaca (Bolivia) eran circunscripciones de voto separadas en la corte de Cádiz.)
Como resultado las políticas fieles a la corona perdieron su influencia a causa de la miopía geográfica de las mayorías peninsulares de las cortes; mientras los liberales del continente encontraban apoyo y respaldo en los enemigos de España.
Al tiempo que los diputados elegidos para las cortes de Cádiz no tenían en muchos casos recursos debido a las guerras en América, Francia sirvió de lugar para inspirar a Simón Bolívar su juramento del monte sacro, y Lord Thomas Cochrane Decimo conde de Dundonal, G.C.B. Almirante del Reino. Real almirante de la Flota. etc..., que descansa en Westmister Abbey por gracia de William IV) ofreció un escolta y su propio barco de guerra para llevar y traer a Simón Bolívar a Inglaterra y no negarle el apoyo que pidió, I. (Page 22.) -- "Resumen de los servicios del último Conde de Dundonald," by Thomas, Eleventh Earl of Dundonald. -- 389); Antes acepto el mando de la Escuadra que se estaba formando en la Capitanía General de Chile, Además de dar apoyo y cooperación en la construcción del buque a vapor "Rising Star" (Estrella Naciente) destruyo la flota española del sur incluida la toma de corral y Valdivia y finalmente la destrucción de la fragata Esmeralda .(Fuente: “Reseña Thomas Alexander Cochrane” Armada de Chile; cuerpo de Vicealmirantes)
De esta forma con la continua denegación de las solicitudes de los diputados ultramarinos en las cortes de Cádiz se sello el destino de América; los partidarios de España perdieron su influencia recrudecieron la revueltas y comenzó el final de la verdadera guerra de la independencia Americana. (Léase en el contexto del articulo, en referencia a las provincias españolas en este espacio temporal);
La rebelión contra La constitución de Cádiz y la posterior autoridad del restituido Rey de España con el apoyo de las nacientes potencias del momento. (fuente: Lord Cochrane: Critic of San Martin's Peruvian Campaign; James C. Carey; The Americas, Vol. 18, No. 4 (Apr., 1962), pp. 340-351; doi:10.2307/979727)ca:Corts de Cadis en:Cádiz Cortes it:Cortes di Cadice ru:Кадисские кортесы

