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Bautismo

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Por bautismo se indica un rito de iniciación o purificación común a varias religiones o denominaciones cristianas. La palabra bautismo proviene del latín, baptismum que a su vez viene del griego βαπτιζειν o βαπτειν que significa: sumergir, zambullir, hundir en el agua. En general, las denominaciones cristianas lo han adoptado como rito de iniciación y el catolicismo además como sacramento. Consiste en una ceremonia en que la persona es sumergida en el agua o entra en contacto con ella.

Tabla de contenidos

[editar] Teología del sacramento (católico)

[editar] Institución

En Persia, India, Babilonia, Egipto y hasta en Grecia existían ritos de ablución que, según se creía, libraban de males morales o hacían aptos para el culto.

Sin embargo, el bautismo como tal, parece estar relacionado al ambiente judío tras la deportación de Babilonia. La inmersión se practicaba para la purificación legal. Los esenios practicaban este tipo de ablución purificadora, para ellos moral, como han podido demostrar sus piscinas rituales en Qumram.

Entre los fariseos del siglo I se extendió la costumbre de sumergir en agua a los prosélitos tras la circuncisión, rito que implicaba la capacidad del neófito para acceder a los sacrificios y participar en el culto del Templo.

Juan el Bautista asumió este rito dándole el sentido de medio para la conversión (cf. Mc 1 4) y purificación del pecado. Esto implicaba que el templo ya no era el único lugar para la obtención de la expiación.

Tanto los escritores del Nuevo Testamento como algunos Padres de la Iglesia descubren en el Antiguo Testamento algunas figuras o prototipos del bautismo:

  • Las aguas sobre las que aleteaba el Espíritu Santo (cf. Gn 1 2)
  • El agua del diluvio (cf. 1 P 3 20-21)
  • La circuncisión (cf. Col 2 11-12)
  • El paso del Mar Rojo (cf. 1 Co 10 2)
  • La curación del leproso Naamán por bañarse en el Jordán.

La Iglesia católica considera el bautismo que administraba Juan el Bautista como prefiguración inmediata de lo que ella considera un sacramento. Según el evangelio, el Bautista tenía conciencia de que el rito que realizaba era un anuncio del que vendría (cf. Mc 1 8). Jesús no sólo se sometió al bautismo de Juan sino que también llamó «bautismo» a su pasión y muerte (Mc 10 38 y paralelos).

El Concilio de Trento declaró que el bautismo de Cristo era diverso del de Juan. Y en el decreto Lamentabili, el Santo Oficio aclaró que el sacramento del bautismo no se puede considerar como un rito evolucionado de los usados por las religiones antiguas o por el judaísmo.

Dado que la Iglesia católica sostiene que no existe una institución jurídica y determinada a un solo momento de los sacramentos por parte de Cristo, los teólogos suelen afirmar que en tres momentos se da esta institución:

  • En primer lugar en el anuncio de Juan el Bautista: Jesús bautizaría con Espíritu Santo y con fuego (cf. Lc 3 16).
  • El diálogo de Cristo con Nicodemo (cf. Jn 3 5) donde el primero indica que el bautismo es necesario para la salvación.
  • Antes de ascender a los cielos, Jesucristo mandó a sus discípulos que bautizaran en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo (cf. Mt 28 19 y paralelos).y seguirá por siempre.

[editar] Desarrollo del rito

En el Nuevo Testamento se habla de una inmersión en el agua, acompañada de unas palabras y que requiere la fe del bautizando (cf. Hch 8 36-37). Sin embargo, hubo teólogos en los primeros siglos que negaron la necesidad del agua. Contra ellos escribió Ireneo (en Adversus Haereses I 21 4) y Tertuliano (De Baptismo I). Pero la expresión más clara está en Agustín: «¿Qué es el bautismo? Es una ablución de agua con la palabra. Quita el agua y ya no hay bautismo» (Comentario al evangelio de Juan 15 4).

En la Didaké (capítulo VII) se habla de una celebración con inmersión en agua, pero también de un rito por el que se derramaba tres veces agua sobre la cabeza del neófito. Hipólito habla de una celebración que seguía al catecumenado y que tras oraciones, preguntas y exorcismos, sometía al candidato a una inmersión en el agua. Sin embargo, es difícil que incluso en la Iglesia primitiva sólo se hayan dado casos de bautismo por inmersión. Si según los Hechos de los apóstoles, tras la predicación de Pedro fueron tres mil las personas que se bautizaron resulta muy difícil pensar que todos se hayan arrojado al agua.

También consta –por el testimonio de Cipriano (Carta 69 12)– que algunos enfermos eran bautizados seguramente por aspersión o infusión.

Así con el paso del tiempo el bautismo por inmersión fue abandonado paulatinamente (debido a la costumbre de bautizar a los niños lo más pronto posible) y el de aspersión se usó muy poco dadas las dudas sobre la efectiva ablución. El Código de derecho canónico de 1983 indica que el bautismo se ha de administrar por inmersión o por infusión, de acuerdo con las normas establecidas por cada Conferencia episcopal (cf. núm. 854).

[editar] Elementos teológicos

Aunque la terminología distinguiendo la materia y la forma del sacramento ha sido abandonada por el Catecismo de Juan Pablo II, todavía resulta útil para describir los diversos elementos que concurren para la validez del sacramento:

[editar] Materia

La materia remota del sacramento del bautismo es el agua verdadera y natural. Simboliza la regeneración a la vida espiritual porque es el principio de la vida natural. Indica purificación y vida nueva. El agua usada en la celebración del sacramento ha de estar bendita o bendecirse durante el rito. La materia próxima con tres modalidades que son consideradas válidas: la inmersión, el derramamiento y la aspersión.

[editar] Forma

En Occidente la forma es «Yo te bautizo en el nombre...». En Oriente en cambio y queriendo subrayar la eficacia del sacramento independiente del ministro se usa: «El siervo de Dios,es bautizado...». También se discutió si era necesaria la mención a la Trinidad o bastaba bautizar en nombre del Señor Jesús. El Concilio de Florencia de 1439 declaró la necesidad de la fórmula trinitaria.

Es responsabilidad de los padres, de los padrinos y del ministro que se imponga al bautizando un nombre propio del sentir cristiano.

[editar] Ministro

En cuanto al ministro del sacramento, se considera ministro ordinario el obispo, el sacerdote y el diácono. Si el ministro ordinario estuviera impedido por algún motivo, el catequista u otro destinado para esta función puede administrarlo. Ahora bien, en caso de necesidad, cualquier persona puede hacerlo, siempre que con este rito quiera cumplir lo que desea la Iglesia a través de él. El código de derecho canónico recomienda que el párroco ofrezca al obispo la posibilidad de bautizar a los adultos mayores de catorce años (cf. canon 863).

[editar] Sujeto

Todo ser humano que no haya recibido el bautismo puede acceder a él. En caso de que sea un adulto, éste ha de manifestar su deseo de recibir el bautismo y haber recibido la necesaria instrucción acerca de la fe y de las obligaciones que contrae, mediante un período de catecumenado.

El bautismo de niños es una práctica muy antigua en la Iglesia católica y está confirmada textualmente en escritos del siglo II. Quienes lo cuestionan también suelen cuestionar la teología del pecado original. Ahora bien, no se suele permitir el bautismo de niños que son hijos de no cristianos a menos que estos lo soliciten o que el niño se encuentre en peligro de muerte. El código de derecho canónico de 1983 (canon 868) indica además las siguientes condiciones para el bautizo de niños:

  • El consentimiento de los padres o al menos de uno de ellos (o de quienes hacen las veces de padres)
  • La esperanza fundada de que el bautizando será educado en la religión católica. Si esto no se da, ha de diferirse explicando la dificultad a los padres.

[editar] Padrinos

Normalmente se da un padrino al bautizando quien de alguna manera presenta al candidato y se compromete a la educación cristiana del neófito. Ha de ser un padrino y/o una madrina: pero no dos padrinos o madrinas. La edad mínima para ser padrino es de 16 años. Ha de ser católico, confirmado y haber recibido la primera comunión. Obviamente no debe estar afectado por alguna excomunión o entredicho.

[editar] Efectos

Los efectos del sacramento según la teología católica son: el perdón de los pecados (se perdona el pecado original, todos los pecados personales y las penas temporales que merezca por ellos), la unión con Cristo dada por el carácter sacramental, el don del Espíritu Santo, el ser hijo adoptivo de Dios Padre, el integrarlo como miembro de la Iglesia.

[editar] Teología del rito de iniciación (en la Reforma)

La Reforma involucró una idea distinta de sacramento (dado que para Lutero y sus seguidores estos no producen eficazmente la gracia). De ahí que las denominaciones dependientes de ella se fueran alejando progresivamente de la práctica del bautismo de niños y fueran dando progresiva importancia a la celebración como rito de iniciación. Se dan las siguientes reflexiones dentro de la Reforma:

  • Martín Lutero (Wittenberg, Alemania, 1520): mantiene el bautismo infantil tanto por seguir la tradición (porque fue monje agustino),como por su oposición a los anabautistas quienes enseñaban que el bautismo infantil era ilícito. La salvación estaría en el “agua divina”, donde Dios se hace presente para el perdón.
  • Ulrico Zuinglio (Zúrich, Suiza, 1523): rechaza el bautismo para alcanzar la salvación. La salvación se da ANTES del bautismo, el cual es sólo un símbolo.
  • Juan Calvino (Ginebra, Suiza, 1564): rechaza el bautismo de Zuinglio y el de Martín Lutero. El bautismo es medio normal de la salvación, pero no es necesario. La fe es más importante que el bautismo.
  • Anabautistas (Zúrich, Suiza, 1525): con ideas de Zuinglio. Rebautizaban a la gente por derramamiento de agua como símbolo externo de una salvación previamente recibida por la fe y se oponían al bautismo infantil, aplicándolo solamente a los adultos.

Desde 1608, surgen denominaciones cristianas provenientes de la Reforma que subrayan de manera especial el bautismo. Estas son las Iglesias llamadas bautistas. Las únicas denominaciones protestantes que mantienen el bautismo infantil son la luterana, la presbiteriana y la morava, las demás hacen el bautismo de adultos; la anglicana, la copta, la maronita y las iglesias ortodoxas de Europa oriental y Medio Oriente también práctican el bautismo de bebés.

[editar] Otros "bautismos" según la teología católica

[editar] Bautismo de deseo

También llamado bautismo de caridad. Según algunos teólogos y dada la necesidad del bautismo para la salvación, los catecúmenos o aquellas personas que querían recibir el bautismo y que han muerto, alcanzarían la salvación en virtud de este bautismo de deseo.

[editar] Bautismo de sangre

Igualmente el bautismo de sangre implica la aceptación de la muerte por amor a la Iglesia o para defender una virtud cristiana por parte de un no bautizado.

[editar] Bautismo "in voto"

Ya San Agustín, reflexionando sobre el caso del buen ladrón, reconoce que se dan circunstancias en las que se puede recibir el efecto del Bautismo sin la recepción del sacramento. Inocencio III, apelando a la autoridad de San Agustín, que en La Ciudad de Dios habla del Bautismo invisible, admitió como posibilidad que se reciba el efecto del Bautismo sin que haya precedido la administración del sacramento. Y propuso como norma canónica, y por lo tanto como práctica para la Iglesia, el principio establecido por San Agustín: “Dios computa por hecho aquello que queriendo hacerlo no ha sido posible hacerlo”. Con esta determinación quedó establecido a nivel teórico el principio para que llegara a ser doctrina común en la Iglesia la posibilidad del sacramento in voto.

Pero quien introdujo este tema en la literatura teológica fue Pedro Lombardo, y lo incorporó al formular una serie de preguntas sobre cuándo se reciben conjuntamente el sacramento y el efecto del sacramento (sacramentum et res sacramenti), cuándo se recibe solamente el signo sacramental, pero sin el efecto (sacramentum et non res sacramenti), y, por último, cuándo se recibe el efecto del sacramento sin que se haya recibido el signo sacramental (res et non sacramenti). En las respuestas admite la posibilidad de recibir el efecto sin la recepción previa del signo, lo cual equivale a recibir el sacramento en voto. Y lo aplica a dos circunstancias. La primera es la de quien confiesa la fe derramando la sangre en el martirio, confesión que se le computa como un acto de justificación plena de todos sus pecados. La segunda es la de quien confiesa su fe sin el martirio porque no lo ha podido recibir.

Dando un paso adelante, Santo Tomás desarrolla la cuestión diciendo que hay tres tipos de Bautismo: de agua, de sangre y de penitencia. Al argumentar sobre el Bautismo de sangre, recuerda que el Bautismo recibe su eficacia de la Pasión de Cristo, con la que se configura quien recibe el efecto del sacramento; y como quien sufre el martirio queda también configurado con dicha Pasión, ha recibido el mismo efecto como si se hubiera bautizado. Otro caso similar es el efecto otorgado por el acto de penitencia y de amor a Dios hecho bajo la moción del Espíritu Santo por quien no puede recibir de hecho el Bautismo. A esto le llama Santo Tomás Bautismo de penitencia, y le reconoce el mismo efecto santificante que el Bautismo sacramental. Y el Santo vuelve sobre el tema cuando se pregunta directamente si alguien puede salvarse sin recibir el Bautismo, por haberle sorprendido la muerte inopinadamente. Y contesta: “Este puede conseguir la salvación sin el Bautismo de hecho, por el deseo del Bautismo, un deseo que procede de la fe que actúa por la caridad, por la que el hombre es santificado interiormente por Dios, cuyo poder no está limitado a los sacramentos”.

El Concilio Vaticano II ha replanteado esta cuestión ofreciendo una respuesta que, aunque engarza con la doctrina tradicional, tiene características propias. En la Lumen gentium afirma que todos los que todavía no han recibido el Evangelio están ordenados al Pueblo de Dios. Hace mención explícita de los judíos, de los musulmanes y de los que buscan al Dios desconocido. Y al referirse a estos últimos afirma: “Los que sin culpa suya no conocen el Evangelio de Cristo y su Iglesia, pero buscan a Dios con sincero corazón e intentan en su vida, con la ayuda de la gracia, hacer la voluntad de Dios, conocida a través de lo que les dice su conciencia, pueden conseguir la salvación”.

[editar] Bautismo en el nombre de Jesús

Desde antiguo, se destaca la controversia entre la Iglesia Católica Romana, y los creyentes de la Unicidad de Dios, con relación a la invocación del nombre de Jesús en el bautismo.

Con el desarrollo de la teología trinitaria, los creyentes en la Unicidad de Dios, confesaron que la iglesia primitiva, siempre administró el bautismo a los creyentes en el nombre de Jesucristo, pero este modelo inicial fue cambiado gradualmente a "en el nombre del Dios Trino: Padre, Hijo, y Espíritu Santo". Por su parte, la Iglesia Católica Romana, etiquetó el bautismo en el nombre de Jesús, como el bautismo realizado por los "herejes". Finalmente, en el Concilio de Florencia de 1439, la Iglesia Católica Romana declaró la necesidad de la fórmula trinitaria.

En los tiempos actuales, los creyentes en la Unicidad de Dios, son conocidos como los pentecostales del nombre de Jesucristo. Los pentecotales apostólicos afirman que la Biblia enseña la necesidad del bautismo como es mostrado en Mateo 28:19, Marcos 16:16, Lucas 24:47, Hechos 2:38, 1. Pedro 3:21, etc. Ellos enseñan que el modo de bautismo es por inmersión completa en el agua, invocando el nombre de Jesucristo. La salvación no se puede recibir sin el bautismo, específicamente sin la invocación del nombre de Jesús, pues esto fue lo que hizo la iglesia primitiva (Hechos 2:38, Hechos 8:16, Hechos 10:48, Hechos 19:5, Hechos 22. 16, Santiago 2.7).

[editar] Bibliografía

F. MONTANARI, vocabolario della lingua greca.

K. BECKER, Storia generale del battesimo, Editorial de la universidad Gregoriana 1980.

P. HAFFNER, Bautismo y confirmación, Editorial Nueva Evangelización 1999.

Diccionario de las religiones (P. POUPARD), Editorial Herder 1987, ISBN 84-254-1547-0

[editar] Enlaces externos

Commons

[editar] Véase también

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